¿Cuánto es tu décimo?

Tres partidas al año que juntas suman un sueldo. Y sus descuentos no son los del salario.

B/.

Cada partida cubre cuatro meses.

Escribe tu sueldo y verás el desglose, con la ley que manda cada número al lado.

Décimo tercer mes

Tres partidas al año —15 de abril, 15 de agosto y 15 de diciembre— que juntas suman un sueldo. Su descuento de Seguro Social no es el del sueldo.

Qué dice la ley

Decreto de Gabinete 221 de 1971, artículo 3.º
«La bonificación especial debe pagarse en tres partidas proporcionales, así: el 15 de abril, el 15 de agosto, y el 15 de diciembre de cada año.» Cada partida cubre el cuatrimestre que termina en esa fecha.
Decreto de Gabinete 221 de 1971, artículo 3.º, parágrafo primero
Las sumas del décimo «no estarán sujetas al pago de riesgos profesionales y ningún otro gravamen, descuento o carga, con excepción del pago de cuotas obrero-patronales del Seguro Social y del Impuesto sobre la Renta». O sea: el décimo paga Seguro Social, paga impuesto y NO paga seguro educativo.
Texto Único de la Ley 51 de 2005, artículo 96, numerales 4 y 5
La cuota del décimo es distinta de la del sueldo: el empleado aporta el 7.25% (no el 9.75%) y el empleador el 10.75%. Son «contribuciones especiales» sobre cada una de las tres partidas.
DGI, Instructivo del Informe 03, columna 16
El décimo entra en la base del impuesto sobre la renta como una columna más de ingresos, por eso el año se anualiza sobre trece pagos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el décimo tercer mes en Panamá?
En tres partidas: el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre de cada año, según el artículo 3.º del Decreto de Gabinete 221 de 1971.
¿El décimo tercer mes paga impuesto sobre la renta?
Sí. El Decreto 221 excluye al décimo de cualquier gravamen «con excepción del pago de cuotas obrero-patronales del Seguro Social y del Impuesto sobre la Renta», y la DGI lo suma a la base del impuesto en la columna 16 de la Planilla 03.
¿Cuánto le descuentan al décimo de Seguro Social?
El 7.25%, no el 9.75% del sueldo. Es una contribución especial que fija el artículo 96, numeral 5 del Texto Único de la Ley 51 de 2005. El empleador aporta un 10.75% adicional.
¿Al décimo se le descuenta seguro educativo?
No. El Decreto 221 lo deja fuera de «ningún otro gravamen, descuento o carga» distinto del Seguro Social y del impuesto sobre la renta.

Un ejemplo resuelto

Una partida completa con un sueldo de B/.1,500

  1. Partida: 4 sueldos del cuatrimestre ÷ 12 = 500.00
  2. Seguro Social del décimo: 500 × 7.25% = 36.25
  3. Impuesto: la treceava parte del impuesto anual = 98.08
  4. Seguro educativo: no se descuenta

Recibes B/.365.67 en esa partida. La empresa aporta además B/.53.75.

Es una estimación: no aplica las deducciones personales de la declaración anual ni los salarios caídos que fija una sentencia.

Llevar la nómina en Istmia